VISTO:
El Estado de Ejecución Presupuestaria para el año 2022; el Decreto Ley N° 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia. de Bs. As., el Decreto Provincial N° 2980/00 y sus disposiciones de la Administración de los Recursos Financiaros y Reales en el ámbito Municipal de la Pcia. de Bs. As.; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente Nº 4016-22.011/2021 – Alc. 1 Cpo. 2, luce nota del Señor Secretario de Economía y Hacienda, mediante la cual solicita que, al realizarse la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio 2022 y en la confección de la Ordenanza de Compensación, se consideren las Partidas Presupuestarias que necesiten ser compensadas del Presupuesto de Gastos.
Que en el Presupuesto General de Gastos para el año 2022 existen Partidas Presupuestarias con economías suficientes para compensar excesos producidos en Partidas del presupuesto por gastos, que estime de legítima procedencia hasta un monto igual de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto o con excedentes de recaudación y con el saldo disponible que registre antes de efectuar las operaciones de cierre del ejercicio, la cuenta “ Resultados de Ejercicio”; conforme lo estipulado en el Art. 67 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades .
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Compénsase en el Presupuesto General de Gastos para el año 2022, en las Jurisdicciones, Categorías Programáticas, Fuentes de Financiamiento y Partidas Presupuestarias que a continuación se detallan por los montos que en particular se indican:
1110106000 | Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas | |
01.01.00 | Gestión Sec. de Planeamiento y Obras Públicas | |
110 | Tesoro Municipal | |
4.1.0.0 | Bienes Preexistentes | $ 5.060.805,00 |
TOTAL | $ 5.060.805,00 | |
1110120000 | Secretaría Técnica Administrativa y Legal | |
01.01.00 | Gestión de la Sec. Técnica, Administrativa y Legal | |
110 | Tesoro Municipal | |
1.1.0.0 | Personal Permanente | $ 250.000,00 |
TOTAL | $ 250.000.00 |
1110125000 | Secretaría de Espacio Público y Descentralización | |
01.00.00 | Gestión de Espacio Público y Descentralización | |
110 | Tesoro Municipal | |
4.3.0.0 | Maquinaria y Equipo | $ 1.821.861,50 |
TOTAL | $ 1.821.861,50 |
1110105000 | Secretaría de Salud | |
18.15.00 | Mantenimiento Programado | |
131 | De Origen Municipal | |
3.3.0.0 | Mantenimiento, reparación y Limpieza | $ 42.907,48 |
TOTAL | $ 42.907,48 |
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1110125000 | Secretaría de Espacio Público y Descentralización | |
24.00.00 | Parques Paseos y Jardines | |
131 | De Origen Municipal | |
3.3.0.0 | Mantenimiento, Reparación y Limpieza | $ 1.821.861,50 |
TOTAL | $ 1.821.861,50 |
1110127000 | Secretaría de Desarrollo Social, Educación y Cultura | |
27.02.00 | Fondo Educativo (Afectado) | |
131 | De Origen Municipal | |
5.3.0.0 | Transf. Al Sector Público Nacional, al Sector Público Provincial y al Sector Público Municipal para Financiar Gastos Corrientes | $ 2.357.402,92 |
TOTAL | $ 2.357.402,92 |
ARTÍCULO 2º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a las compensaciones dispuestas en el artículo 1° serán tomados de economía de las siguientes, Jurisdicciones, Categorías Programáticas, Fuentes de Financiamiento y Partidas Presupuestarias del Presupuesto General de Gastos para el año 2022 por los montos que en particular se indican:
1110106000 | Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas | |
01.01.00 | Gestión Sec. De Planeamiento y Obras Públicas | |
110 | Tesoro Municipal | |
3.8.0.0 | Impuestos, Derechos y Tasas | $ 3.319.435,00 |
4.2.0.0 | Construcciones | $ 1.741.370,00 |
TOTAL | $ 5.060.805,00 |
1110120000 | Secretaría Técnica, Administrativa y Legal | |
01.01.00 | Gestión de la Sec. Técnica, Administrativa y Legal | |
110 | Tesoro Municipal | |
4.3.0.0 | Maquinaria y Equipo | $ 250.000,00 |
TOTAL | $ 250.000.00 | |
1110125000 | Secretaría de Espacio Público y Descentralización | |
24.00.00 | Parque Paseos y Jardines | |
110 | Tesoro Municipal | |
3.3.0.0 | Mantenimiento, Reparación y Limpieza | $1.821.861,50 |
TOTAL | $1.821.861,50 |
1110105000 | Secretaría de Salud | |
01.01.00 | Gestión Secretaría de Salud | |
131 | De Origen Municipal | |
2.9.0.0 | Otros Bienes de Consumo | $ 42.907,48 |
TOTAL | $ 42.907,48 |
1110125000 | Secretaría de Espacio Público y Descentralización | |
01.00.00 | Gestión Secretaría de Espacio Público y Descentralización | |
131 | De Origen Municipal | |
3.5.0.0 | Servicios Comerciales y Financieros | $1.198.180,00 |
TOTAL | $1.198.180,00 |
1110125000 | Secretaría de Espacio Público y Descentralización | |
21.01.00 | Gestión Corralón Casco Urbano | |
131 | De Origen Municipal | |
2.5.0.0 | Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes | $421.773,20 |
2.6.0.0 | Minerales | $201.908,30 |
TOTAL | $623.681,50 |
1110127000 | Servicio de Desarrollo Social, Educación y Cultura | |
22.09.00 | Eventos Culturales(Afectado) | |
131 | De Origen Municipal | |
2.9.0.0 | Otros Bienes de Consumo | $1.230.415,60 |
3.4.0.0 | Servicios Técnicos y Profesionales | $1.126.987,32 |
TOTAL | $2.357.402,92 |
ARTÍCULO 3º.- Convalídanse los excesos sin posibilidad de compensación presupuestaria, conforme lo estipulado en el Art. 67 del Decreto- Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, verificados al cierre de la ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2022, en las distintas partidas presupuestarias de la fuente de financiamiento 110 – Tesoro Municipal, hasta la suma de $ 1.288.806.802,41 (Pesos Un mil doscientos ochenta y ocho millones ochocientos seis mil ochocientos dos con cuarenta y un centavos).
ARTÍCULO 4º.- Convalídanse los excesos sin posibilidad de compensación presupuestaria, conforme los estipulado en el Art. 67 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2022, en las distintas partidas presupuestarias de la fuente de financiamiento 131 – De Origen Municipal , hasta la suma de $ 797.342,40 (Pesos setecientos noventa y siete mil trescientos cuarenta y dos con cuarenta centavos).
ARTÍCULO 5º.- Convalídanse los excesos sin posibilidad de compensación presupuestaria, conforme los estipulado en el Art. 67 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades , verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2022, en las distintas partidas presupuestarias de la fuente
de financiamiento 132-De Origen Provincial, hasta la suma de $ 26.698.422,01 (Pesos veintiséis millones seiscientos noventa y ocho mil cuatrocientos veintidós con un centavo).
ARTÍCULO 6º.- Convalídanse los excesos sin posibilidad de compensación presupuestaria, conforme los estipulado en el Art. 67 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades , verificados al cierre de la Ejecución del Presupuesto de Gastos del Ejercicio Económico 2022, en las distintas partidas presupuestarias de la fuente de financiamiento 133 – De Origen Nacional, hasta la suma de $ 3.801.096,97 (Pesos tres millones ochocientos un mil noventa y seis con noventa y siete centavos).
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de mayo de 2023.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7507
Campana, 9 de mayo de 2023.-
Promulgada por DECTO-2023-369-E-MUNICAM-INT, del 9 de mayo de 2023.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal