VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Fiscal Nº 7445 (t.v.); y el expediente Municipal N° 4016-26.288-0-2022; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 la “IGLESIA UNIVERSAL DEL REINO DE DIOS”, solicita exención de pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda, respecto de los períodos Fiscales 2018, 2019, 2020 y 2021.
Que a fs. 81 la Dirección de Tasas Prederterminadas, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos manifiesta que, efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido solicitado, adjunta listado de deuda e informa que no posee Título Ejecutivo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.– Condónase la deuda correspondiente a los períodos Fiscales 2018, 2019, 2020 y 2021 a la “IGLESIA UNIVERSAL DEL REINO DE DIOS” con domicilio en Avda. Intendente Jorge Rubén Varela Nº 1160 de esta Ciudad, de la Tasa por Publicidad y Propaganda Legajo N° 200001-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3°. – El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 4°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 5 días del mes de octubre.-
CRISTINA G. DEL MARMOL MARCO COLELLA
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 2°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 7554
Campana, 10 de octubre de 2023.-
Promulgada por DECTO-2023-943-E-MUNICAM-INT, del 10 de octubre de 2023.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal