VISTO:
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Expediente Municipal N° 4016-2058-0-2023; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante presentaciones efectuadas en el expediente citado, varios contribuyentes en su carácter de personas con discapacidad, con domicilio en nuestra Ciudad, solicitan exención del Impuesto de Automotor respecto de los períodos fiscales 2018, 2020, 2021 y 2022;
Que, todos los peticionantes agregaron en sus actuaciones individuales, las constancias que acreditan el cumplimiento de los recaudos exigidos para cada caso;
Que la División Descentralización Tributaria, Ingresos Brutos e Inmobiliario Rural, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos, a fs. 60 manifiesta que no existen objeciones para acceder a lo solicitado según lo establecido en la Ordenanza vigente en su momento, adjunta listados de deuda, e informa que no poseen Título Ejecutivo;
Que, habiéndose cumplido con todos los requisitos necesarios, el Departamento Ejecutivo estima oportuna la medida que se propicia toda vez que implica otorgar un beneficio económico en favor de vecinos de nuestra Ciudad que cuentan con limitaciones funcionales que dificultan el desarrollo normal de su actividad por lo que la Secretaría de Ingresos Públicos agrega el Proyecto de Ordenanza correspondiente;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Condónase las deudas correspondientes a los períodos fiscales 2018, 2020, 2021 y 2022 que mantienen las personas con discapacidad respecto del pago del Impuesto de Automotor, de acuerdo a las identificaciones y detalles obrante en el ANEXO I que forma parte del presente acto administrativo.-
ARTÍCULO 2°.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 2 días del mes de noviembre de 2023.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7581
Campana, 8 de noviembre de 2023.-
Promulgada por DECTO-2023-1060-E-MUNICAM-INT, del 8 de noviembre de 2023.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa LUIS RICARDO GÓMEZ
Secretaria Interina Intendente Interino
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal
ANEXO I
Expediente Digital Nº | Nombre y Apellido Titular: | Solicitante / Beneficiario: | Dominio: | Tasa: | Periodo Fiscal: |
25852/2022 | Atili, María Cristina | Skocaj, Juan Sebastian | JAP 473 | Impuesto Automotor | 2022 |
29808/2019 | Arrua, Transita Ramona | Pereyra, Hugo Osvaldo | GKX 597 | Impuesto Automotor | 2021 |
8450/2020 | Gómez, Miguel Ángel | Gómez, Miguel Ángel | EJK 503 | Impuesto Automotor | 2020 2021 |
56341/2018 | Valentini, Griselda Olinda | Valentini, Griselda Olinda | GEM 336 | Impuesto Automotor | 2018 2020 2021 |