VISTO:
El reconocimiento que deberían tener nuestros Héroes de Malvinas, oriundos de nuestra Ciudad, haciendo trascender el mismo a través del tiempo, y la necesidad de privilegiar sus nombres;
CONSIDERANDO:
Que la Guerra de Malvinas es uno de los episodios más dolorosos de la historia argentina, donde miles de jóvenes fueron alistados para defender nuestra soberanía en las Islas Malvinas;
Que dichos jóvenes inermes e indefensos pagaron las consecuencias de las malas decisiones del gobierno de facto, al combatir en un enfrentamiento a una potencia armamentista, ante circunstancias extremadamente difíciles;
Que concluido el conflicto, estos jóvenes a su regreso al país, no fueron recibidos ni reconocidos por parte del Estado, como hubiese correspondido;
Que desde este Honorable Concejo Deliberante destacamos la valentía que mostraron al enfrentarse a circunstancias extremadamente difíciles;
Que su coraje, valentía y dedicación siempre serán recordados y admirados y seguirán siendo parte importante de la historia de la República Argentina;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTÍCULO 1º.- Resérvanse los siguientes nombres de los Ex Combatientes de la Guerra de Malvinas oriundos de Campana, para cuando se realicen la apertura de nuevas arterias en nuestra Ciudad:
Cabo Flores Raúl Alberto
Soldado Pineyro Donato Luis
Soldado Sandoval Eduardo Antonio
Soldado Basaldúa Honorio Jorge
Soldado Peralta Pablo Darío
Soldado Garofalo Tomás Marcelo.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 16 días del mes de mayo de 2024.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
AUTOR: CONCEJAL OCTAVIO LAGAR
REGISTRADA BAJO EL N° 7620
Campana, 7 de junio de 2024.-
Promulgada de hecho por haber transcurrido el plazo establecido en el inciso 2) del artículo 108 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal