VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-674-2-1998; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 500 y 510, la “SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS”, solicita exención de pago del Derecho de Publicidad y Propaganda – legajo Nº 9601-0, respecto de los períodos Fiscales 2022 y 2023.
Que a fs. 512 la Dirección General de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos manifiesta que, efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido realizado por el Contribuyente, cumpliendo este con lo requerido, adjunta listado de deuda e informa que no posee Título Ejecutivo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al período Fiscal 2022 y 2023, a la “SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS” con domicilio en la calle De Dominicis Nº 734 de esta Ciudad, del Derecho de Publicidad y Propaganda, Legajo Nº 9601-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 4°. – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 19 días del mes de junio de 2024.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7627
Campana, 2 de julio de 2024.-
Promulgada por DECTO-2024-621-E-MUNICAM-INT, del 2 de julio de 2024.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa Elisa Abella
Secretaria Interina Intendente Interino
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal