1803,1984,1984-08-02,1984-08-08,AARTICULO 1° Convalidase el Decreto Nº 209 del 27 de marzo de 1984 del Departamento Ejecutivo, por el que se otorgo al Personal de Planta Permanente y Temporaria que cumplía como mínimo 35 horas semanales de labor, un adelanto de MIL PESOS ARGENTINOS $a 1.000.-, que fueron abonados con los haberes del mes de marzo de 1984, suma esta que concedió a cuenta del incremento que en definitiva se dispusiera a partir del 1º de febrero del mismo año para los agentes de la Administración Publica Comunal. nnARTICULO 2° Convalidase el Decreto Nº 282 del 8 de mayo de 1984 del Departamento Ejecutivo, por el que se otorgo a partir del 1º de febrero de 1984 y del 1º de marzo de 1984, un incremento del dieciocho por ciento 18% y veinte con tres por ciento 20,3%, respectivamente, en las remuneraciones básicas – Sueldo, Suplemento y Asignación Especial Remunerativa y Adicionales – excepto Asignaciones Familiares del Personal Municipal.- nnARTICULO 3° Convalidase el Decreto Nº 302 del 17 de mayo de 1984 del Departamento Ejecutivo, por el cual se fijara los conceptos y montos de Asignaciones Familiares vigentes desde el 1º de marzo de 1984 para el Personal Municipal. ARTICULO 4° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n