1836,1984,1984-10-18,1984-10-22,ARTICULO 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Manzana 66 b, Parcelas 1, 30, 29, y 2 ubicado entre las calles Félix Fernández y A. Zavalía, del Barrio La Josefa del Partido de Campana. ARTICULO 2º: El inmueble que se dona por el artículo 1º, será destinado por la donataria para la construcción de una Escuela Primaria en el Barrio La Josefa. ARTICULO 3º: Otórgase a la donataria un plazo de cinco 5 años a partir de la toma de posesión del inmueble de referencia, para iniciar las obras de construcción a que se refiere el artículo 2º, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la donación que se efectúa por la presente Ordenanza. ARTICULO 4º: La escritura traslativa de domino será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 5º: La posesión del inmueble será entregada a la beneficiaria al momento de la notificación de la presente Ordenanza. ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n