DIGESTO

Expediente N°1844

1844,1984,1984-11-01,1984-11-06,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus términos el Decreto Nº 578 del 4 de octubre de 1984, por el cual el Departamento Ejecutivo autorizó “Ad-referendum” de la respectiva Ordenanza, a la Empresa TRANSPORTES AUTOMOTORES CIUDAD DE CAMPANA S.R.L. Línea 501, a aplicar en jurisdicción del Partido de Campana, a partir de la cero 0 hora del día 3 de octubre de 1984, para el transporte colectivo de pasajeros, las tarifas que a continuación se detallan, de acuerdo a los valores consignados en dicha norma:nnBoleto Escolar ………………. $a 2,00.-n1ra. Sección ………………… $a 12,50.-n2da. Sección ………………… $a 15,00.-n3ra. Sección ………………… $a 18,00.-n4ta. Sección ………………… $a 19,00.-n5ta. Sección ………………… $a 20,00.-n6ta. Sección ………………… $a 22,00.-n7ma. Sección ………………… $a 25,00.-nLos estudiantes de nivel secundario y maestros, que porten distintivo del establecimiento educacional al que asisten, solo abonarán el importe correspondiente a la primera sección.-nLos alumnos de escuelas diferenciadas están exentos del pago del pasaje. ARTICULO 2º: Comuníquese al D. E. a sus efectos.-n