DIGESTO

Expediente N°1906

1906,1985,1985-06-19,1985-06-21,ARTICULO 1º.- Convalídase en todos sus términos el Decreto N° 541 del 21 de mayo de 1985 por el que el Departamento Ejecutivo autorizó “Ad-Referendum” de la sanción de la respectiva Ordenanza, a la Empresa TRANSPORTES AUTOMOTORES CIUDAD DE CAMPANA S.R.L. Línea 501 a aplicar en jurisdicción del Partido de Campana a partir de la fecha mencionada, para el transporte colectivo de pasajeros, las tarifas que a continuación se detallan de acuerdo a los valores consignados en dicha norma:n…nLos estudiantes del nivel secundario y maestros que porten el distintivo del establecimiento educacional al que asisten, solo abonaran el importe correspondiente a la primera sección.nnARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-