1913,1985,1985-06-19,1985-06-21,ARTÍCULO 1º.- Convalídanse en todos sus términos el Decreto N° 310 del 14 de Marzo de 1985 por el cual el Departamento Ejecutivo eximió “Ad – Referéndum” de su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante a la Sociedad de Fomento del Barrio San Felipe de esta Ciudad, organizadora de la Carrera de Galgos que se autorizara por Decreto N° 309 del 14 de Marzo de 1985, del pago del CINCUENTA POR CIENTO 50% del derecho que le correspondía abonar por la realización de dicho espectáculo de conformidad con lo establecido en el artículo 29° inciso e Capítulo XII “Derechos a los Espectáculos Públicos”, de la Ordenanza Impositiva vigente Ordenanza N° 1876/85. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-