1926,1985,1985-08-01,1985-08-02,RTICULO 1 º.- Donase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Manzana 7ª, Parcela 2, Próximo a la intersección de la Avda. Cnel. J.A. Del Valle Larrabure y calle M. Gandhi, en jurisdicción de este Partido, el que fuera cedido por plano 14-58-81 como reserva fiscal, y según articulo 2º de la Ley Nro. 9.533 constituye un bien de dominio municipal. ARTICULO 2º.- El inmueble que se dona por el articulo 1º será destinado por la donataria para la construcción de un establecimiento de Educación Especial. ARTICULO 3º.- Otorgase a la donataria un plazo de cinco 5 años a partir de la toma de posesión del inmueble cedido, para iniciar las obras de construcción a que se refiere el articulo 2º, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la donación que se efectúa por la presente. ARTICULO 4º.- La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 5º.- La posesión del inmueble será entregada a la beneficiaria al momento de la notificación de la presente Ordenanza. ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. ,1987-06-19;