2033,1986,1986-06-19,1986-06-24,ARTICULO 1 º.- Cédese sin cargo a la Provincia de Buenos Aires, el dominio de los bienes identificados catastralmente como: Circunscripción Ii, Sección R, Manzana 144, Parcela 3, 4, 5, 6, 7 y 8, que fueran incorporados al patrimonio municipal mediante resolución Nº 676/80, situados en la intersección de las calles Echeverría y Chiclana, del Bario “Las Acacias”, jurisdicción del Partido de Campana. ARTICULO 2º.- Los inmuebles que se ceden por el artículo anterior, son con destino al funcionamiento en los mismos de un Jardín de Infantes, construido por la Firma DALMINE SIDERCA S.A.I.C., y que fuera creado por Resolución Nº 4215/84, emanada de la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires.-n nARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires y ala Subdirección de Inmuebles del Estado, a quién también se elevarán las actuaciones del rubro, a los efectos de que la misma haga constar en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad la norma legal que materialice la cesión gestionada, quedando autorizado el Departamento Ejecutivo para efectuar cualquier gestión conducente a tal fin. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n