2036,1986,1986-06-19,1986-06-24,ARTICULO 1 º.- Cédese sin cargo a la Provincia de Buenos Aires, el dominio de los bienes identificados catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 307 y 308, sito entre calles: Dorrego, Bertolini y Diagonal Lavalle; y Santa María de Oro, Capilla del Señor y Diagonal Lavalle, respectivamente, de la ciudad de Campana, jurisdicción del Partido de Campana, con una superficie de 1.463 m2. Cada uno, que en conjunto pero en forma discontinua suman 2.962 m2., pertenecientes a la Municipalidad de Campana, según dominio inscripto al Fº 76/1919, y en los cuales el ROTARY CLUB DE CAMPANA, construyera el edificio de la escuela Laboral, según autorización conferida por Ordenanza Nº 1649/82, el que será cedido en forma gratuita por la entidad a la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2º.- Los inmuebles que se ceden por el artículo anterior, son con destino al funcionamiento en los mismos de la Escuela Laboral, construida por el ROTARY CLUB DE CAMPANA, y que fuera creada por Resolución Nº 3202/86, emanada de la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires.-n nARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires y ala Subdirección de Inmuebles del Estado, a quién también se elevarán las actuaciones del rubro, a los efectos de que la misma haga constar en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad la norma legal que materialice la cesión gestionada, quedando autorizado el Departamento Ejecutivo para efectuar cualquier gestión conducente a tal fin. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n