DIGESTO

Expediente N°2983

2983,1994,1994-07-07,1994-07-20,ARTÍCULO 1º.- En todas las Ordenanzas en que se halla optado un regimen de multas tomando como base para su aplicación el salario mínimo o básico de un agente municipal de la Clase VI – Ingresante o de la Clase VI, de los Agrupamientos de Personal Obrero o de Servicio, la determinación de las mismas se efectuará aplicando los porcentajes en ellas consignados sobre el salario del agente municipal de la Clase VI, de los Agrupamientos de Personal de Servicio, con cuarenta y cuatro 44 horas semanales de labor. ARTÍCULO 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia conjuntamente con el Presupuesto General de Gastos para el año 1994, en el caso de ser aprobados los regímenes horarios de treinta y cinco 35, cuarenta y cuatro 44 y cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor para los agentes que revistan en los diferentes Agrupamientos de Personal del Escalafón para el Personal de la Municipalidad de Campana, aprobado por Ordenanza N° 1337/78 y sus modificatorias. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n