3074,1994,1994-12-22,1994-12-27,ARTICULO 1º.- Autorizase al CLUB ATLETICO PUERTO NUEVO, inscripto en el Registro Municipal de Entidades de Bien Publico bajo N° 39, a instalar de una Sala de Bingo en el Partido de Campana, con sujeción al cumplimiento de todos lo términos de la Ley N° 11.018 de la Provincia de Buenos Aires y su reglamentación y de las disposiciones de la Ordenanza N° 2.810/92; y aceptase el ofrecimiento formulado por esa institución, respecto de que un tercio del beneficio que perciba será destinado al Club Atlético Campana. ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo destinara los fondos resultantes del porcentaje establecido en el artículo 7°, inciso c, de la Ley N° 11.018, de la siguiente manera: el DOS POR CIENTO 2% a la Partida Fondo para Construcción y Mantenimiento de Edificios Educacionales Oficiales y Acciones Sanitarias Preventivas, destinadas a la población en edad escolar; y el restante DOS POR CIENTO 2% a la Partida Unidad Hospitalaria “San José”, artículo 11° infine Ley N° 11.018. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.