DIGESTO

Expediente N°3112

3112,1995,1995-07-20,1995-07-26,ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la firma SIDERCA S.A.I.C, el Convenio cuyo proyecto obra a fs 32/33 del expediente N° 4016-14.810/95 , en el que la empresa se compromete a realizar las obras de ampliación de la Planta de Tratamiento de Efluentes Cloacales emplazada en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Quinta 4, Parcela 2, ubicado en Ruta Nacional N° 12 y calle L.P. Jacob, de esa Ciudad, según Anteproyecto obrante en el referido expediente, con una inversión estimada en CUATROCIENTO CINCUENTA MIL PESOS $ 450.000.-. ARTICULO 2º.- Como contraprestación por la ampliación a ejecutar, exímese a SIDERCA S.A.I.C, por el termino de DIEZ 10 años a contar de la fecha de conexión de la planta de la empresa al servicio cloacal de la Comuna, del pago de la tarifa proporcional por prestación del servicio de desagües cloacales que, conforme lo previsto en el inciso c del artículo 88° de la Ordenanza Fiscal N° 2.460/89 tv y en el inciso c del artículo 8° de la Ordenanza Impositiva N° 2837/92 tv, integra la Tasa pro Servicios Sanitarios, o del gravamen que por igual concepto determinen las normas que en el futuro las modifiquen o sustituyan, respecto exclusivamente a los inmuebles en los que se encuentran instalados su establecimiento industrial y la División Trefila, sitos en calle Dr. J. A. Simini N° 250 y Ruta Nacional N°12, km 78.600 altura calle Buenos Aires, de la Ciudad de Campana, como así también de abonar los Derechos de Construcción que de acuerdo a las disposiciones de las ordenanzas citadas le correspondería abonar por la realización de la obra. ARTICULO 3º.- La Municipalidad abonara a SIDERCA S.A.I.C, en concepto de diferencia entre el costo de la obra y el valor de los beneficios previstos en el artículo 2° de esta Ordenanza, hasta la suma de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS $150.000.-, una vez cumplido el plazo establecido para la ejecución de la misma. ARTICULO 4º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a la obligación enunciada en el artículo anterior se tomaran de la Partida Principal 2.1.2.29 “Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales”, del Capitulo II – Departamento Ejecutivo, Finalidad II – Servicios Especiales Urbanos, Item II – Servicios Ley 9.347, del Presupuesto General de Gastos del año 1995 o de la que al efecto se prevea en futuros Presupuestos. ARTICULO 5º.- Las medidas contenida en los artículos 2°, 3° y 4° quedan condicionadas a la suscripción del Convenio cuya celebración se autoriza en esta Ordenanza. ARTICULO 6º.- Una vez concluida, la obra a la que se alude en el artículo 1°, pasara a integrar el patrimonio municipal. ARTICULO 7º.- Declarase la obra a convenir estipulada en el artículo 1° de la presente Ordenanza, de urgencia manifiesta y notoria, conforme al artículo 132, inciso e Ley Orgánica de las Municipalidades tv.-nARTICULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-