DIGESTO

Expediente N°3158

3158,1995,1995-12-22,1995-12-29,ARTÍCULO 1º.- Exímese a la ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES Y PROVINCIALES DE CAMPANA, inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de esta Comuna bajo Nº 022, de efectuar el deposito previsto en el artículo 16 de la Ordenanza Nº 1458/79 t.v., equivalente al CINCO POR CIENTO 5% del monto total a emitir en billetes, de la rifa cuya autorización gestiona en el expediente Nº 4016-17397/95, sin que ello implique exención alguna respecto a las demás obligaciones contenidas en esa norma legal.-n nARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n