3207,1996,1996-05-09,1996-05-15,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 207/96, del Departamento Ejecutivo, el Contrato de Rescisión y el Contrato de Locación, celebrado ambos el 29 de febrero de 1996, en virtud de las disposiciones de ese acto administrativo, entre el Instituto de Servicios Sociales para el Personal Ferroviario, representado por su Presidente Dr. Oscar A. VALDOVINOS, por una parte, y la Municipalidad de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELA, por la otra parte, cuyo objeto es el inmueble situado en calle Gral. M. M. Güemes Nº 776/80/90/92/94 esquina Avda. Rivadavia Nº 202 y 204 de la Ciudad de Campana, que en fotocopia y copia firmada corren a fs. 90 del expediente Nº 4016-1.520/93 y a fs. 24/25 del expediente Nº 4016-29.279/87, Cuerpo 1, Alcance 2, respectivamente. ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires el Contrato de Comodato que regirá las relaciones jurídicas entre esta últimas y el Municipio respecto de la parte edificada del bien individualizado en el artículo 1º, con destino al funcionamiento del tribunal de Trabajo creado por Ley Provincial Nº 11.640, dentro del marco, facultades y limitaciones que estipula el Contrato de Locación convalidado en el mismo artículo. ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos de los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato de Locación que se convalida en el artículo 1º, las Partidas a la que se afectarán las erogaciones que demande el cumplimiento de las obligaciones emergentes. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n