3216,1996,1996-05-23,1996-06-07,ARTÍCULO 1º.- Convóquese con carácter voluntario, a todas las organizaciones de la Sociedad Civil, que actúen y presten tareas con fines benéficos y desinteresados. ARTÍCULO 2º.- El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social de la Municipalidad de Campana, iniciará los trámites y gestiones concernientes para concretar la incorporación a la Red del Centro Nacional de Organizaciones Comunitarias de la Secretaría de la Nación CENOC, sito en Presidente Perón 524, Capital Federal. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n