3240,1996,1996-06-27,1996-07-16,ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 12 de la Ordenanza Nº 2897/93, el que quedará redactado de la siguiente manera:nn“ARTICULO 12º: Los adjudicatarios o permisionarios de la Feria Comercial, deberán presentar a la Municipalidad, en forma semanal o al inicio de un nuevo puesto, libros rubricados en dos ejemplares, los cuales quedarán uno en la Dirección de Gobierno, y el otro en poder del permisionario que consignarán los siguientes datos:nnaFecha.nbNumero del puesto visible.ncNombre y apellido del puestero.ndNacionalidad, número y tipo de documento. Domicilio.neExplotación comercial.nfNúmero de Cuit adjuntar fotocopia.ngNúmero de Cuil adjuntar fotocopia.nhNumero de Ingresos Brutos.niFotocopia de recibo de tasa municipal del mes anterior.njY todas aquellas que correspondan de acuerdo a las normas vigentes. ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n