DIGESTO

Expediente N°3312

3312,1996,1996-12-12,1996-12-18,ARTICULO 1º.- Modificanse los artículos 1°, 5° y 6°, de la Ordenanza N° 2021/86, los que quedaran redactados de la siguiente manera:nn”ARTICULO 1º: Constitúyese con carácter orgánico la Banda de Música Municipal del Partido de Campana, la que estará compuesta por un máximo de treinta 30 ejecutantes, un 1 Director y un 1 Subdirector, quienes revistarán la Planta Permanente de Personal, de acuerdo a lo que especifique al respecto el escalafón para el personal municipal”. “”ARTICULO 5º: Institúyense seis 6 Becas para ser otorgadas por el Departamento Ejecutivo a Jóvenes Ejecutantes de Instrumentos Musicales, cuyas edades oscilen desde los doce 12 años y hasta cumplir los dieciocho 18 años, que por sus méritos se encuentren acreditados para integrar la Banda de Música Municipal del Partido de Campana, con el fin de que perfeccionen sus conocimientos musicales.-n n””ARTICULO 6º: Las Becas a que se refiere el artículo 5º, tendrán carácter mensual y podrán ser concedidas por el Departamento Ejecutivo, durante los meses de enero a diciembre de cada año, consistiendo cada una en la suma de SESENTA PESOS $ 60.00.-. ARTICULO 2º.- Deroganse los artículos 2°, 3° y 4° de la Ordenanza N° 2021/86. ARTICULO 3º.- Las disposiciones de esta Ordenanza regirán a partir del 1° de enero de 1997. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-“