3350,1997,1996-12-23,1997-01-03,ARTÍCULO 1º.- Modificanse los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 2891/93, texto según Ordenanza Nº 3237/96, los que quedarán redactados de la siguiente manera: n “ARTICULO 1º .- Autorizase la implementación a cargo de terceros, de un servicio informatizado de gestión, detección, facturación, y seguimiento de las prestaciones médicas generadas en la Unidad Hospitalaria San José dependiente de este Municipio, para pacientes cubiertos con Obras Sociales, entidades de cobertura médica asistencial, y/o prestación que pudieran corresponder, con base legal en el Decreto Ley Provincial Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades t.v.; Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; disposiciones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires; demás Ordenanzas Generales y/o municipales vigentes sobre la materia, a la fecha de la Licitación, toda Ley Nacional o Provincial y su reglamentación en lo que sean aplicables”.-n “ARTICULO 2º .- Facultase al Departamento Ejecutivo a llamar a Licitación Pública y adjudicar la provisión de un servicio informatizado de gestión, detección, facturación, y seguimiento de las prestaciones médicas generadas en la Unidad Hospitalaria San José dependiente de este Municipio, para pacientes cubiertos con Obras Sociales, entidades de cobertura médica asistencial, y/o cualquier otra entidad pública o privada y/o prestación que pudieran corresponder, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones obrantes a fs. 96/106 del expediente Nº 4016-21041/96”. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n