3397,1997,1997-06-12,1997-06-17,ARTÍCULO 1º.- Declárase caduca la autorización otorgada mediante Ordenanza Nº 3141/95, a la firma CAMPANA CABLE COLOR S.A., con domicilio constituido en la Avda. Gral. B. Mitre Nº 1040, de la Ciudad de Campana, para realizar el tendido de cables aéreos para brindar un servicio de televisión por cable y antena comunitaria en el ámbito del Partido de Campana, por haber operado el día 11 de diciembre de 1996, el plazo conferido en el articulo 2º de dicha Ordenanza para cumplimentar la exigencia indicada en el inciso a del articulo 2º de la Ordenanza Nº 2321/88. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.