DIGESTO

Expediente N°3491

3491,1997,1997-10-09,1997-12-10,ARTICULO 1º .- Modificase el artículo 27 de la Ordenanza 2985/86, que queda redactado de la siguiente manera: nn“ ARTICULO 27 . BONIFICACION POR FUNCION: Los funcionarios con jerarquía creciente establecidas en los incisos 1 a 7, del artículo 8, que hayan sido asignadas en las condiciones fijadas en esta Ordenanza, mientras se ejerzan sserán identificadas con el porcentaje del sueldo básico correspondiente según se indica:nJefe de Unidad de Diagnóstico y Tratamiento: cinco por ciento 5%;nJefe de unidades Sanitarias o Jefe de Centros Periféricos Asistenciales: cuarenta por ciento 40%;nJefe de Guardia: veinte por ciento 20%;nJefe de Servicio: cuarenta por ciento 40%;nDirector Asociado: cuarenta por ciento 40%;nDirector: cuarenta por ciento 40%”.-n nARTICULO 2 º .- Las disposiciones de esta Ordenanza entrarán en vignecia en la misma fecha que el Presupuesto General de Gastos para el año 1990. ARTICULO 3 º .- Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n