DIGESTO

Expediente N°3584

3584,1998,1998-08-13,1998-08-20,ARTICULO 1º: Convalídanse en todas sus partes el Decreto Nº 189 del Departamento Ejecutivo, de fecha 30 de enero de 1998, por el que se acepta la propuesta de locación presentada por el Señor Santiago Anibal GERBI en su carácter de propietario, obrante a fs. 24/32, 34/85, 79/80 y 81 del expediente Nº 4016-33.274/97, en las condiciones allí especificadas, respecto del inmueble edificado sobre los lotes de terreno denominados catastralmente y de origen como Circunscripción I, Sección A, Manzana 60, Parcelas 7 b, 8 y 9 a, inscripto el dominio en el Registro del Partido de Campana bajo Matrículas Nº 651/85, Nº 5376/85 y Nº 6903/86, unificados según Plano característica 14-45-86 bajo denominación de Parcela 7 c, sito en calle 25 de mayo Nº 659/665, entre las calles Colón y Moreno, de esta Ciudad, con las instalaciones y accesorios que se detallan en el informe del Departamento Impuesto, Patrimonio y Seguros de esta Municipalidad obrante a fs. 82/85 del referido expediente, y la línea telefónica Nº 21572, con destino al funcionamiento de la Delegación Departamental de Investigaciones Zárate – Campana. ARTICULO 2º: Convalídanse en todas sus partes el Contrato de Locación y el Contrato de Comodato suscripto el 3 de febrero de 1998, respecto del inmueble identificado en el artículo anterior, el primero entre la Municipalidad del Partido de Campana y el propietario del mismo, y el segunod entre la misma Municipalidad y la DELEGACION DEPARTAMENTAL DE INVESTIGACIONES ZARATE – CAMPANA, DE LA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por Señor Comisario D. Oscar R. BEAUVAIS, obrante en fotocopias a fs. 110/112 y 113/115 del expediene Nº 4016-33.274/97. ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a ejercer la opción de resolución anticipada prevista en la Cláusula Tercera del Contrato de Locación que se convalida en el artículo anterior y a realizar todas las tramitaciones emergentes del mismo. ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato que se convalida en el artículo 2º, las Partidas a la que se afectarán las erogaciones que demande el cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo. ARTICULO 5º: La insistencia formulada por el Departamento Ejecutivo en el artículo 4º del Decreto Nº 189/98, concluirá automáticamente y sin necesidad de acto administrativo alguno, en la misma fecha en que fuere promulgada esta Ordenanza. ARTICULO 6º. Las disposiciones de la presente Ordenanza entrarán en vigencia una vez y en tanto resulte aprobada la Ordenanza cuyo Proyecto obra en el expediente Nº 4016-2653/98, que implementa la ampliación de la Partida presupuestaria consignada en el artículo 6º del Decreto Nº 189/98, convalidado en el artículo 1º de la presente. ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n