DIGESTO

Expediente N°3611

3611,1998,1998-09-24,1998-09-30,ARTÍCULO 1º.- Desaféctase del Area Rural, conforme la delimitación establecida por el Código de Planeamiento Urbano, a las parcelas 207g y 207h de la Circunscripción II.- nnARTÍCULO 2º.- Incorporase a las parcelas mencionadas en el Artículo 1º dentro del Area Complementaria Zona Residencial Extraurbana con los Usos, Indicadores Urbanísticos, Restricciones, y Dimensiones Mínimas de Parcelas establecidas en Código de Planeamiento Urbano Ordenanza Nº 1812/84. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n