DIGESTO

Expediente N°3719

3719,1999,1999-06-03,1999-06-10,ARTÍCULO 1º.- Exímese a la empresa “EL CIPRES” S.A., del pago de los Derechos de Construcción, y por Publicidad y Propaganda y de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, que le correspondiere abonar con motivo de la actividad comercial que desarrolla en el predio identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Parcela Remanente 1a, Chacra 12, sito en Km. 73,5 de la Ruta Nacional Nº 9, hasta cubrir la la suma de CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON VEINTE CENTAVOS $ 43.785,20. ARTÍCULO 2º.- El beneficio dispuesto en el artículo 1º, no implica en modo alguno, exención en el cumplimiento de las obligaciones formales, inherentes a la misma. ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones de esta Ordenanza regirán a partir de la fecha de su promulgación. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n