3792,1999,1999-11-18,1999-12-02,ARTICULO 1º: Amplíase, en el Capítulo II – Departamento Ejecutivo, Finalidad I, Administración General, Programa 03 – Administración General Sin Discriminar, Sección 1, Sector 1, Inciso 2, la Partida Principal 1 “Alquileres y Arrendamientos”, del Presupuesto General de Gastos para el año 1998, puesto en vigencia en el ejercicio 1999, mediante Decreto Nº 001/99, en un monto de PESOS DOS MIL CIEN $ 2.100.-. ARTICULO 2º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, se tomarán del Capítulo II – Departamento Ejecutivo, Finalidad ¡ – Administración General, Programa 03 – Administración General Sin Discriminar, Sección 1, Sector 1, Inciso 2, Partida Principal 12 “Honorarios y Retribuciones a Terceros”, Partida Parcial 3 “Sentencias Judiciales”, del Presupuesto General de Gastos para el año 1998, puesto en vigencia en el ejercicio 1999 mediante Decreto Nº 001/99, por un monto de PESOS DOS MIL CIEN $ 2.100.-. ARTICULO 3º: Convalídase en todas sus partes el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 1400, de fecha 10 de agosto de 1999, por el que se dispone la contratación con los Señores Carlos Alberto MACHINANDIARENA y Jorge Luis MACHINANDIARENA, de una nueva locación del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 183, Parcela 7 a, Partida 2919, sito en calle Belgrano Nº 449, esquina J. Jaures, de esta Ciudad, por el término de VEINTICUATRO 24 meses, a partir del día 1º de julio de 1999, para que continúen funcionando en el mismo el CIRCULA DE PERIODISTAS DE CAMPANA y/o la COMISION DE AVANCE CONTRA LA IMPUNIDAD C.A.S.I. y/o la Oficina Municipal de Derechos y Garantías Constitucionales, o para otro destino acorde con la funciones administrativas propias de su voluntad antes de la finalización del plazo contractual. ARTICULO 4º: Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación suscripto el 11 de agosto de 1999, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELA, por una parte, y los Señores Carlos Alberto MACHINANDIARENA y Jorge Luis MACHINANDIARENA, por la otra parte, que en fotocopia corre a fs. 80/81 del expediente Nº 4016-29.865/97, de acuerdo a las disposiciones del acto administrativo que se convalida en el artículo anterior. ARTICULO 5º: Convalídase en todas sus partes el Contrato de Comodato celebrado el 11 de agosto de 1999, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal Dn. Jorge Rubén VARELA, por una parte, y el CIRCULO DE PERIODISTAS DE CAMPANA, representado por su Presidente Dn. Rubén Alberto DUSAC, respecto del bien detallado en el artículo 3º, que en fotocopia luce a fs. 82 del expediente Nº 4016-29.865/97. ARTICULO 6º: La insistencia formulada por el Departamento Ejecutivo en el artículo 6º del Decreto Nº 1400/99, concluirá automáticamente y sin necesidad de acto administrativo alguno, en la misma fecha en que fuere promulgada esta Ordenanza. ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato que se convalida en el artículo 4º las Partidas a las que se afectarán las erogaciones emergentes del cumplimiento de sus obligaciones. nARTICULO 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.n