DIGESTO

Expediente N°3799

3799,1999,1999-12-21,1999-12-28,ARTICULO 1º: Amplíase, en el Capítulo II – Departamento Ejecutivo, la Finalidad I, Administración General, Programa 03, Administración General Sin Discriminar, Sección I, Sector 1, Inciso 2, Partida Principal 1 “Alquileres y Arrendamientos” del Presupuesto General de Gastos para el año 1998, puesto en vigencia en el ejercicio 1999 mediante Decreto Nº 001/99, en un monto de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS $ 1.800.-. ARTICULO 2º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, se tomarán del Capítulo II – Departamento Ejecutivo, Finalidad 1 – Administración General, Programa 03, Administración General Sin Discriminar, Sección 1, Sector 1, Inciso 2, Partida Principal 12 “Honorarios y Retribuciones a terceros , Partida Parcial 3 “Sentencias Judiciales” del Presupuesto General de Gastos para el año 1998, puesto en vigencia en el ejercicio 1999 mediante Decreto 001/99, por un monto de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS $ 1.800.-. ARTICULO 3º: Convalídase en todas sus partes del Decreto Del Departamento Ejecutivo Nº 1474, de fecha 31 de agosto de 1999, por el que se ejerció la opción de prórroga prevista en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación suscripto el 19 de septiembre de 1997, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representa por el Señor Intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELLA, por una parte, y la Señora Angélica BOGADO, en su carácter de mandatario del Señor Juan GIORDANO, que en fotocopia luce a fs. 248/249 del expediente Nº 4016-26.590/87, convalidado por Ordenanza Nº 3457/97, texto según Convenio Modificatorio que luce a fs. 306 de dichas actuaciones, suscripto el 18 de Noviembre de 1998, en virtud de la autorización conferida en la Ordenanza Nº 3634/98, cuyo objeto es el local ubicado en la planta baja del edificio emplazado en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 19, Parcela 11 a, sito en la calle Dr. M. L. Becerra Nº 877 de esta Ciudad, por el término de VEINTICUATRO 24 meses a contar del 1º de setiembre de 1999, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS $ 450.-, a los fines de que la Delegación Campana del Instituto de Obra Médico Asistencial I.O.M.A. continúe funcionando en el mismo. ARTICULO 4º: La insistencia formulada por el Departamento Ejecutivo en el artículo 2º del Decreto Nº 1474/99, concluirá automáticamente y sin necesidad de acto administrativo alguno, en la misma fecha en que fuere promulgada esta Ordenanza. ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente la prórroga que se ejerce en el Decreto mencionado en el artículo anterior, las Partidas a las que se afectarán las erogaciones emergentes. ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n