3843,2000,2000-04-27,2000-05-11,ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 0108 de fecha 3 de enero de 2000, en el que se prorrogan por el término de un 1 año a partir del 1º de enero de 2000, los beneficios y demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3316/96, ya prorrogada en los ejercicios 1998 y 1999 por Ordenanza Nº 3678/98. ARTICULO 2º.- Exímese por el período fiscal comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2000, a los propietarios de automóviles de alquiler con taxímetro destinados al transporte de pasajeros, del pago del gravamen que por la instalación de casillas en las aceras de la vía pública, estipula el artículo 28, inciso a del Capítulo X – Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, de la Ordenanza Impositiva Nº 2837/92 t.v., al que están obligados de acuerdo a lo normado en el artículo 30 de la Ordenanza Nº 1376/78 t.v. y el artículo 156 de la Ordenanza Fiscal Nº 2460/89, Capítulo X – Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-