DIGESTO

Expediente N°3899

3899,2000,2000-07-27,2000-08-07,ARTICULO 1º.-tAutorízase a la firma OILTANKING Ebytem S.A. a realizar el tendido de un Oleoducto de las características técnicas descriptas de fs.72 a fs.192 del expediente Nº 4016-7371/99 de acuerdo a la traza que se detalla en plano que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza, para cuyo efecto se desafecta del dominio público el espacio correspondiente al subsuelo alcanzado por dicho tendido. nARTICULO 2º.-tAcéptase la propuesta de la firma mencionada en el artículo 1º, realizar la obras de infraestructuras en las zonas afectadas, consistentes en pavimentación de la calle Ventura Cintas desde Di Luca hasta Félix Fernández; Félix Fernández desde Ventura Cintas hasta A. Zavalía; y Victorio Martino desde Di Luca hasta Maggio del Barrio La Josefa; pavimentación e iluminación de calle Angel Schinoni entre Colectora y Vigalondo; y Vigalondo entre Barlaro y Demarco del Barrio Las Campanas.. nARTICULO 3º.-tEn virtud de lo establecido en el artículo anterior exímese a la firma OILTANKING Ebytem S.A. del pago de los Derechos de Ocupación y Canon de Uso de Espacio Público y cualquier otro que pudiera corresponder en el presente o en el futuro por la vida útil de la obra estimada en 40 años, contados a partir de la fecha de la iniciación de los trabajos, teniendo en cuenta el análisis de costos correspondientes. ARTICULO 4º.-tLas obras descriptas en el artículo 2º deberá estar concluías a entera satisfacción de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, previo a la habilitación del Oleoducto cuya construcción se autoriza en la presente Ordenanza. ARTICULO 5º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n