3991,2000,2000-12-07,2000-12-20,ARTICULO 1º.-tAutorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar, en representación de la Municipalidad del Partido de Campana, con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Provincia de Buenos Aires, el Convenio de Colaboración Recíproca para la habilitación de establecimientos de elaboración de chacinados fresco, Clase C, en el marco de la Ley Provincial Sanitaria de Carnes Nº 11.123 y su Decreto Reglamentario Nº 2464/97, aprobado en el artículo 2º de la Resolución 1.1.1.13 Nº 73 del citado Ministerio, cuyo texto integra la misma como Anexo y que en fotocopia luce a fs.4/5 del expediente Nº 4016-17.598/00. ARTICULO 2º.-tA los efectos del ingreso de los fondos provenientes del Convenio cuya celebración se autoriza en el artículo anterior, créase la Cuenta Especial “740 – Recursos Provenientes del Convenio con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación”. ARTICULO 3º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n