DIGESTO

Expediente N°4018

4018,2001,2000-12-21,2001-01-04,ARTICULO 1º: Prorrógase por el término de UN 1 año a partir del 1º de enero de 2001, los beneficios y demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3316/96, prorrogada en los ejercicios 1998 y 1999 por Ordenanza Nº 3678/98 y en el año 2000 por Ordenanza Nº 3943. ARTICULO 2º: Exímese en el período fiscal comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2001, a los propietarios de automóviles de alquiler con taxímetro destinados al transporte de pasajeros, del pago del gravamen que por la instalación de casillas en las aceras de la vía pública estipula el artículo 28, inciso a del Capítulo X – Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos de la Ordenanza Impositiva Nº 2837/92 t.v. al que están obligados de acuerdo a lo normado en el articulo 30 de la Ordenanza Nº 1376/78 t.v. y el artículo 156 de la Ordenanza Fiscal Nº 2460/89, Capítulo X – Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n