DIGESTO

Expediente N°4045

4045,2001,2001-05-03,2001-05-08,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto Nº 0344 del Departamento Ejecutivo, de fecha 20 de febrero de 2001, por el que se adhiere a la “Ley de Tránsito y Seguridad Vial” Nº 24.449, a su Decreto Reglamentario Nº 779/95, al Decreto Nº 79/98 y a sus reglamentaciones, para su aplicación dentro del ámbito de los limites geográficos de la “zona de seguridad” del ACCESO NORTE, dentro de la jurisdicción de la Municipalidad del Partido de Campana, de acuerdo a la definición de “zona de seguridad” establecida por la Resolución OCRABA Nº 50/2000, y al Convenio Marco celebrado entre el ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y la GENDARMERIA NACIONAL, de fecha 11 de enero de 2001, aprobado por Resolución OCRABA Nº 3/ 2001; y en el que el Municipio acepta llevar adelante el procedimiento de juzgamiento y de cobro de las multas derivadas de las actas de infracciones de tránsito a la Ley Nacional Nº 24.449 y su Reglamentación, que labre la GENDARMERÍA NACIONAL , en la “zona de seguridad ” del ACCESO NORTE, dentro de la jurisdicción del Municipio, en un todo de acuerdo al “TITULO VII” Bases para el Procedimiento, “Capitulo I” , “Principios Procesales”, de la mencionada Ley; y el “ Plan Operativo y las Rutinas de Control y Fiscalización”, que dicho Organo de Control, acuerde con la GENDARMERIA NACIONAL, en el marco de la citada Resolución OCRABA Nº 3/2001.- nnARTÍCULO 2º.- A los fines del ingreso de los fondos que surjan por aplicación del Convenio a que se alude en la presente , crease la Cuenta de Terceros “ Producido Convenio con Gendarmería Nacional – Seguridad Vial ”. ARTÍCULO 3º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a celebrar los Convenios que fueren necesarios a los fines de la instrumentación de las medidas contenidas en el Decreto Nº 0344/2001 que se convalida en el articulo 1º. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n