4109,2001,2001-10-18,2001-10-30,ARTÍCULO 1°.- Modificase el texto del inciso c, artículo 45 de la Ordenanza Impositiva Ordenanza N° 2837/92, el que quedará redactado de la siguiente manera:nn“ c Fijase el Fondo de Garantía que determina el inciso 13.1 de la Ordenanza 1569/81 t.v., en el importe equivalente al veinte por ciento 20% del monto total que represente la cantidad de metros cúbicos a extraer, lo que podrá ser satisfecho no solo en dinero efectivo, sino mediante otros medios como: dinero efectivo depositado a la orden de la Municipalidad, pagaré a la vista causado, suscripto por el obligado, póliza de caución, fianza o aval bancario, y/o Título de deuda pública provincial o nacional.” nnARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.n