4134,2001,2001-11-29,2001-12-07,ARTÍCULO 1º.- Exímese a la Asociación “VIVIENDAS TRABAJADORES MUNICIPALES DE CAMPANA SOCIEDAD CIVIL – VITRAMU SC”, inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público bajo Nº 138, del pago del CINCUENTA POR CIENTO 50% de los Derechos de Construcción, que le correspondería abonar por el Complejo Habitacional que se erige en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Chacra 12, Fracción I, parte de la Parcela 1d, jurisdicción del Partido de Campana, obra que según proyecto obrante en el expediente Nº 4016-11.409/94. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n