DIGESTO

Expediente N°4298

4298,2002,2002-12-12,2002-12-27,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Contrato de Prórroga suscripto, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Nº 1760/2002, del Departamento Ejecutivo, el 18 de noviembre de 2002, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal, D. Jorge Rubén VARELA, y los Señores Carlos Alberto MACHINANDIARENA y Jorge Luis MACHINANDIARENA, que en fotocopia obra a fs. 137 del expediente Nº 4016-2642/98, en el que, en virtud de lo previsto en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación suscripto entre las mismas partes el 4 de agosto de 1999, convalidado por Ordenanza Nº 3756/99, cuyo objeto es el inmueble sito en Avda. Rivadavia Nº 423, de esta Ciudad, se acuerda continuar la relación locativa por el lapso de SEIS 6 meses a partir del 1º de agosto de 2002, en las mismas condiciones y precio vigentes al 31 de julio de 2002, excepto en lo que respecta al término locativo. ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar durante el lapso previsto en la opción de prórroga contenida en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación firmado el 4 de agosto de 1999, convalidado por Ordenanza Nº 3756/99, los Contratos de Prórroga que a su juicio resulten necesarios, hasta tanto la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, se haga cargo del alquiler del inmueble descripto en el artículo 1º. ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos del año 2003, la Partida a la que se afectará el gasto que demande el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Prórroga que se convalida en el artículo 1º y de los que pudieran celebrarse conforme a las disposiciones del artículo anterior.- nnARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n