4370,2003,2003-06-12,2003-06-19,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio ONABE Nº 7252, suscripto el 5 de marzo de 2001, entre el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, representado por el Arq. Pascual SCIANCALEPORE, y esta Comuna, representada por el Señor intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELA, cuya fotocopia luce a fs. 3/5 del expediente Nº 4016-21.268/2001, por el que el citado Organismo nacional otorga al municipio, en los términos de la Resolución I, Nº 825/93 del 28 de mayo de 1993 de la empresa Ferrocarriles Argentinos, a partir del 5 de marzo de 2001, por el término de cinco 5 años, al mera tenencia precaria del inmueble situado en la localidad de EX ESTACION CAMPANA, Provincia de Buenos Aires, que consta aproximadamente de 22.813,22 m2, que incluye el edificio de la estación, con frente a la CIRCUNVALACION, conforme al croquis que se adjunta como Anexo I y que integra dicho Convenio, con el fin de que se lo destine a Actividades Comunitarias Museo, Parquización y paseo Público. ARTÍCULO 2º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto Nº 0779/2003, del Departamento Ejecutivo, por el que se dispuso el pago al Decreto Nº 0779/2003, se dispuso el pago al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, de la suma total de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS QUINCE $1.815,00, correspondiente a las tres primeras cuotas anuales del canon estipulado en la Cláusula Segunda del Convenio que se convalida en el artículo anterior. ARTÍCULO 3º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del Convenio a que se alude en los artículo anteriores, se tomarán de las Partidas que al efecto se prevean en Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.