DIGESTO

Expediente N°4425

4425,2003,2003-10-30,2003-11-11,ARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 1051 del 25 de junio de 2003, por el que se dispuso la contratación con los Señores Pedro GATTI y Raúl Lorenzo GATTI, de la locación de un local, que es parte de un inmueble de mayor extensión, sito en calle Rawson N° 473, de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 119, Parcela 16, con destino al funcionamiento del Museo del Anticuario, por el termino de tres 3 años, en la suma mensual de PESOS TRESCIENTOS $300.00, corriendo por cuenta del Municipio, los gastos correspondientes al consumo de energía eléctrica. ARTICULO 2º.- Convalidase en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELA, por una parte, y los Señores Pedro GATTI L.E. 4.717.312 y Raúl Lorenzo GATTI D.N.I. 4.729.513, por la otra parte, respecto del bien detallado en el artículo 1°, de acuerdo a las disposiciones del acto administrativo que se ratifica en el mismo, con vigencia a partir del 1° de julio de 2003 y hasta el 30 de junio del año 2006, obrante en fotocopia a fs 25 del expediente N° 4016-0987/2003. ARTICULO 3º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELA, por una parte, y los Señores Pedro GATTI L.E. 4.717.312 y Raúl Lorenzo GATTI D.N.I. 4.729.513, por la otra, en el que se determinan las obligaciones de este ultimo en su carácter de Cuidador del Museo del Anticuario; y del ANEXO I del mismo en el que se detallan lo bienes que se exhiben en el local, obrante en fotocopia a fs 26 y 37 del expediente N° 4016-00987/2003. ARTICULO 4º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a actualizar el Inventario que como ANEXO I integra el Convenio que se convalida en el artículo anterior, de acuerdo a los movimientos de altas y bajas que se vayan produciendo, conforme lo requiera la Secretaria de Cultura y Educación. ARTICULO 5º.- El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuesto General de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato que se convalida en el artículo 2°, la Partida a la que se afectara el cumplimiento de sus obligaciones. ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-