DIGESTO

Expediente N°4565

4565,2004,2004-09-02,2004-09-20,ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 3769/99, el que quedará redactado de la siguiente manera:nnn“ARTÍCULO 1º.-tAutorízase a la Cooperativa de Provisión y Servicios Públicos para Productores Forestales Ltda., con domicilio en Río Carabelas, Vía Tigre, Provincia de Buenos Aires, a establecer una tarifa única de SIETE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS $ 7,50, para la prestación del servicio contratado de pasajeros en jurisdicción del Partido de Campana, desde el Río Carabelas hasta el Centro de la Ciudad de Campana, o viceversa, con sujeción a lo normado en el Decreto Nº 230/89 del Departamento Ejecutivo, convalidado por Ordenanza Nº 2399/89 texto según modificación introducida por Ordenanza Nº 3747/99, en cuanto resulte compatible; y en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.-”. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n