4570,2004,2004-09-16,2004-09-23,ARTÍCULO 1º.- Modifícanse con retroactividad al 1º de julio de 2004, los artículos 2º y 3º de la Ordenanza Nº 4524/2002, los que quedarán redactados de la siguiente manera: nn”ARTICULO 2º.- Amplíase y crease en los Capítulos, Finalidades, Programas, Secciones, Sectores, Incisos, Partidas Principales, Partidas Parciales y Apartados del Presupuesto General de Gastos del año 2004, en los montos que a continuación se detallan: AMPLIACIONES……….nn“ARTÍCULO 3º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento al artículo anterior, se tomarán de la Ampliación del Cálculo de Recursos y de las Economías de los Capítulos, Finalidades, Programas, Secciones, Sectores, Incisos, Partidas Principales, Partidas Parciales y Apartados del Presupuesto General de Gastos del año 2004, en los montos que a continuación se indican:nECONOMIAS……………..nnARTÍCULO 4º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones que surjan de la aplicación de esta Ordenanza. ARTÍCULO 5º.- La presente Ordenanza tiene vigencia con retroactividad al 1º de julio de 2004.-ttnnARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n”