DIGESTO

Expediente N°4684

4684,2005,2005-04-28,2005-05-03,ARTICULO 1º.- Exímese en los años 2003 a la “SOCIEDAD de FOMENTO del BARRIO DALLERA”, del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Publica, respecto de los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Manzana 5B, Parcela 10 y 11, Contribuyente N° 130159 y 130160. ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo efectuara en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo anterior. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n