DIGESTO

Expediente N°5073

5073,2007,2007-11-29,2007-12-05,ARTÍCULO 1º.- Desaféctase del Area Rural, Zona Industrial Restringida I.R. a las Parcelas 33ad, 33bc, 33ae, 33af, 33ag y 33ah de la Circunscripción II. ARTÍCULO 2º.- Inclúyase a las parcelas mencionadas en el artículo anterior en el AREA URBANA; SUBAREA URBANIZADA U6. ARTÍCULO 3º.- La Subárea Urbanizada U6 se destinará a la construcción de un conjunto urbanístico, dentro del cual se definirán las siguientes zonas: nn3.1 – ZONA E: EquipamientonDelimitación: Corresponden a las parcelas identificadas en plano parcelario, incorporado a la presente como ANEXO I, 1/ 3/ 5/ 7/ 9/ 11/ 13 y 14, haciendo frente a la Avenida 6 de Julio,nUsos Permitidos: Zona de usos mixtos, comerciales, residenciales, oficinas, recreación y servicios: Se permiten comercio minoristas, gastronomía, oficinas administrativas, estudios profesionales, sedes bancarias, hotelería, cines, teatros, auditorios, consultorios, etc.nnLa parcela N° 14 es reserva de área de equipamiento público Ley Provincial 8912, art. 56.nIndicadores Urbanísticos:n F.O.S.: 0,60n F.O.T.: 1,80n Densidad: 500 hab/hanAltura Máxima: La altura máxima permitida para el volumen edificado sera de 16.00 m., y el plano límite para tanques, las de máquinas y usos comunes en terraza será de 20.00 m., considerando un retiro mínimo de 3,00 m. por cada uno de los lados.nPisos: El número máximo de pisos será de 4 cuatro incluyendo la planta bajo. Terraza accesible con áreas y servicios comunes no cuenta como piso.nEstacionamiento: En área a ceder según norma de tejido: 3,50m2 x habitante.nn3.2 – ZONA EP: Espacio PúbliconDelimitación: Corresponden a las parcelas identificadas en plano parcelario, incorporado a la presente como ANEXO I, como 2/ 4/ 6/ 8/ 10 y 12, haciendo frente a la Avenida 6 de Julio,nUsos Permitidos: Las parcelas indicadas son reserva de áreas de espacio público Ley Provincial 8912 art. 56 y corresponde establecer el uso plaza, patio de juegos o la propuesta que para ellas reservan las autoridades de la Municipalidad de Campana.nn3.3 – ZONA RM: Residencial de Densidad MedianDelimitación: Corresponden a las parcelas identificadas en plano parcelario, incorporado a la presente como ANEXO I, desde el n° 15 hasta el 22.-nUsos Permitidos: Zona de uso residencial exclusivo.n F.O.S.: 0,60n F.O.T.: 1,80n Densidad: 500 hab/hanAltura Máxima: La altura máxima permitida para el volumen edificado sera de 11.60 m., y el plano límite para tanques, salas de máquinas y usos comunes en terraza será de 15.60 m., considerando un retiro mínimo de 3.00 m. por cada uno de los lados.nPisos: El número máximo de pisos será de 4 cuatro. Terraza accesible con áreas y servicios comunes no cuenta como piso.nEstacionamiento: Según norma de tejido: 3,50m2 x habitante.nn3.4 – ZONA RB: Residencial de Densidad BajanDelimitación: Corresponden a las parcelas identificadas en plano parcelario, incorporado a la presente como ANEXO I, desde el n° 23 hasta el 228.-nAreas de Cesión: Según se indica en plano parcelario.nUsos Permitidos: Zona de uso residencial exclusivo, con una unidad de vivienda por parcela.nIndicadores Urbanísticos:n F.O.S.: 0,60n F.O.T.: 0,8n Densidad: 1 vivienda unifamiliar por parcelanAltura Máxima: La altura máxima permitida será de 8.50 m. Plano límite para tanques o cpmstrucciones inclinadas según esquema de tangentes en norma de tejido.nRetiros: n Frente: 5.00mn Lateral 1: Mínimo 2 con tangente según norma de tejido.n Fondo: Mínimo 8.00m.nnARTÍCULO 4º.- Infraestructura de Servicios exigida por la Subárea Urbanizada U6: Agua corriente, desagües cloacales, alumbrado público, energía eléctrica domiciliaria, pavimento y gas natural. ARTÍCULO 5º.- C Dimensiones mínimas de las parcelas: Conforme al artículo 52 del Decreto-Ley N° 8912/77. ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-