5215,2008,2008-09-11,2008-09-17,ARTÍCULO 1º.- Exímese en el año 2007 a la “OBRA SOCIAL PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS”, Sindicato de Obreros Ladrilleros a Máquina S.O.L.M., Contribuyente N° 10047/0, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por la actividad que desarrolla en el inmueble donde tiene funcionamiento esa obra social, sito en calle San Martín N° 451 de esta Ciudad.- nnARTÍCULO 2° El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTÍCULO 3° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-