5497,2009,2009-11-19,2009-12-02,AARTICULO 1°.- tRetrotráese la cesión de calles efectuada por plano 14-20-99 situadas paralelas al canal existente a cielo abierto y a continuación de calle A. del Pino, entre las parcelas de Nomenclatura Catastral: Circunscripción IV, Parcelas 370 e y 370 f, de un largo de 120,90 m. y 120,88 m. por 15 m. de ancho y una superficie total de 3.626,70 m2.. ARTICULO 2°.- tAutorízase la desafectación del uso público y la transmisión del dominio a Título Oneroso a favor de la Empresa C.M.P. Estructuras S.A., por un valor de PESOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y TRES CENTAVOS $ 32.277,63 según tasación realizada por el Ente Descentralizado Municipal y Autárquico, Banco Municipal de La Plata; suma que deberá ser abonada en la Tesorería Municipal, en un plazo que no exceda los treinta 30 días de notificación de la presente Ordenanza. ARTICULO 3°.-tLa transferencia que se dispone en el Artículo 2° se efectúa con la condición expresa de que la firma C.M.P. Estructuras S.A. cumpla con las condiciones estipuladas por las autoridades provinciales en la materia, todas las obras que se realicen serán a exclusivo costo y cargo de la firma consignada con antelación siendo responsable además de los posibles daños y perjuicios ocasionados a terceros, quedando la Municipalidad de Campana eximida de toda responsabilidad al respecto. ARTICULO 4°.-tLa trasmisión de dominio autorizada en el Artículo 2°, se realiza – en concepto de venta, en los términos establecidos en el Artículo 159, Inciso 3, Item f del Decreto-Ley N° 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades t.v.. Los fondos que ingresen a la Municipalidad por esta Venta, serán depositados en la Partida Presupuestaria 21.1.01.00 “Venta de Tierras y Terrenos”. ARTICULO 5°.- tLa firma C.M.P. Estructuras S.A. se hará cargo de regularizar los planos de mensura correspondientes así como todos los gastos que demande la debida inscripción dominial y escrituración, la que estará a cargo del profesional escribano que la firma designe. ARTICULO 6°.-tEstablécese que los fondos que se obtengan de la cesión de calles efectuada por plano 14-20-99, con Nomenclatura Catastral: Circunscripción IV, Parcela 370 e y 370 f, de un largo de 120,90 m. y 120,88 m. por 15 m. de ancho, serán afectados a la adquisición de la prolongación de la calle Chubut que se encuentran dentro de la Parcela 25 d, Circunscripción II, y para la prolongación de la calle Islas Malvinas, dentro de la Parcela 25 c, Circunscripción II. ARTICULO 7°.-tAutorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias a fin de cumplimentar con los artículos 4° y 6° de la presente. ARTICULO 8°.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n