5679,2010,2010-11-25,2010-12-29,ARTICULO 1º.-tEl Departamento Ejecutivo contará con las Secretarías que a continuación se detallan, que colaborarán con el Intendente Municipal en el cumplimiento de sus atribuciones y deberes y tendrán la dependencia, misiones y funciones que para cada una de ellas se determinan: nttnSECRETARIA DE GABINETEndepende del Intendente MunicipalnMisión:nnAsistir al Intendente Municipal y a los Secretarios en el planeamiento y seguimiento de las políticas prioritarias diseñadas como eje de gobierno.nMantener una fluída relación con el Departamento Deliberativo.nRelacionarse con las demás fuerzas o Partidos Políticos, tengan o no representación en el Departamento Deliberativo, con entidades comunitarias y/o intermedias, organizaciones no gubernamentales y con los medios de prensa de toda índole.nPlanificar, proponer e instrumentar la difusión de la política del Municipio, sus planes y programas, desarrollo y cumplimiento.nPropiciar, a través de la Secretaría que le competa, la celebración de convenios con entidades gubernamentales y no gubernamentales apuntando al desarrollo de las políticas del Departamento Ejecutivo. nTendrá a su vez el rol de representar al Departamento Ejecutivo en gestiones externas y comunales, ante organismos extranjeros, nacionales, provinciales o municipales, tanto de índole público como privado, cuando asi lo disponga el Intendente Municipal a fin de lograr mayores beneficios para la comunidad, dentro del marco de legalidad que posibilita la Ley Orgánica en materia de delegación de facultades.nnFunciones:nttTendrá a su cargo:nEl visado de todas las notas y resoluciones puestas a consideración del Intendente Municipal.nSupervisar las actividades desarrolladas por las demás Secretarías pudiendo observar mediante opinión fundada sus iniciativas y/o proyectos.nPromover el crecimiento del Distrito en general.nCoordinar las relaciones públicas del Municipio.nAcompañar al Intendente Municipal en los distintos actos oficiales y/o protocolares. nCoordinar toda actividad relativa a la Base de Datos de Consulta Permanente que permita acceder a un sistema de información general del Partido de Campana. nttnn5679nSECRETARIA DE GOBIERNOndepende del Intendente MunicipalnMisión:nntAtender las tramitaciones administrativas del Gobierno Municipal con los Poderes Nacionales, Provinciales y Municipales y las relaciones con la comunidad y con el personal de la Comuna. Proponer y vigilar el cumplimiento de las Ordenanzas de orden público. nTramitar la celebración de convenios con entidades gubernamentales y no gubernamentales apuntando al desarrollo de las políticas del Departamento Ejecutivo. nCoordinar las actividades de apoyo jurídico y sumarial dentro del gobierno municipal. nnFunciones:ntPor intermedio de las dependencias que la integren, tendrá a su cargo:nnIntervenir en las tramitaciones del Gobierno Municipal con los Poderes Nacionales, Provinciales y Municipales.nParticipar en las relaciones del gobierno municipal con la comunidad y con el personal de la Comuna.nDiseñar, formular e instrumentar programas de evaluación y fortalecimiento de la administración.nPublicitar los actos del Gobierno Municipal.nAtender las funciones de Información al Consumidor delegadas para la aplicación de la Ley Nacional Nº 24.240 t.v..nLlevar el Registro de las Ordenanzas Municipales y de los Decretos y Resoluciones del Departamento Ejecutivo.nOrganizar y actualizar el Digesto Municipal.nProyectar las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones y diligenciar las actuaciones administrativas relacionadas con su misión.nBrindar el asesoramiento legal en todo lo relativo a asuntos administrativos y proveer a la defensa de los derechos o acciones que correspondan a la Municipalidad.nEstudiar las probables modificaciones a las normas municipales vigentes adaptándolas a los ordenamientos jurídicos nacional y provincial.nLlevar el registro de expedientes y mantener el archivo de toda la documentación municipal.nOrganizar e instrumentar el Presupuesto Participativo.nProcurar la ejecución de programas de interés común.nOrdenar toda actividad vinculada con los conflictos judiciales y extrajudiciales en los que sea parte y/o tenga interés legítimo el Municipio.nIntervenir en las tramitaciones inherentes a Apremios.nAtender las acciones tendientes a resguardar la seguridad ciudadana, en lo que hace annnn5679nnnnnsituaciones que pongan en riesgo la vida de las personas, su salud mental o física y/o su patrimonio, continuando con el desarrollo de Campana Ciudad Inteligente, abarcando la totalidad del Municipio, tanto en el centro como en los Barrios Periféricos. nPrevenir, detectar e intervenir sobre conductas o acciones que puedan significar o signifiquen una alteración de las normas que regulan el uso del espacio público; y resguardar el patrimonio municipal.nRealizar actividades de mediación tendientes a la contención y pacificación de los vecinos involucrados en quejas por molestias.nEjercer las funciones de control que competen al poder de policía municipal en: ordenamiento del tránsito en calles y caminos de jurisdicción municipal; moralidad; acceso y funcionamiento de los espectáculos públicos, ubicación de carteles y anuncios publicitarios; habilitación, transferencia, cambio de domicilio, cambio y/o anexo de ramo o actividad, y cese o baja de actividades, de los establecimientos comerciales, industriales o asimilables, etc.; casas de inquilinato, de vecindad y departamentos; transporte público comunal y sus tarifas; control de precios; inspección y contraste de pesas y medidas; policía de tránsito y licencias de conductor.nAdministración de ferias y mercados municipales.nAtender todas las actuaciones relacionadas con el personal municipal; Capacitación; Carrera de Personal; Política Salarial; Higiene y Seguridad en el Trabajo; Relaciones con la entidad gremial que represente al personal municipal.nAtender las tramitaciones relacionadas con las Sociedades de Fomento y Entidades de Bien Público, en lo atinente a su reconocimiento y registro y su problemática, observando el normal cumplimiento de las disposiciones municipales en vigencia y manteniendo actualizados sus legajos. nLa impresión de la papelería y formularios de uso oficial.nCoordinar y asistir económicamente a la Junta Municipal de Defensa CivilnToda otra función que haga al cometido de su misión específica. SECRETARIA DE ECONOMIA Y HACIENDAndepende del Intendente MunicipalnMisión:nntAtender la actividad económica, financiera y patrimonial del Municipio a través del estudio permanente de las bases de proyección que permitan, mediante la determinación de las necesidades de la Comuna, de la capacidad contributiva de la población, de la captación de otros recursos y de los efectos materiales del gasto público, la implantación de planes anuales y plurianuales como base para la preparación del Cálculo de Recursos y del Presupuesto General de Gastos, controlando su consecuente ejecución.nnFunciones:tntPor intermedio de las dependencias que la integren, tendrá a su cargo:nt5679nRecopilación y estudio de datos estadísticos sobre la capacidad económica del Municipio.nEstudio y proyección de: Ordenanza Fiscal; Ordenanza Impositiva; Cálculo de Recursos; y Presupuesto General de Gastos.nControl de la recaudación impositiva y desarrollo del Presupuesto General de Gastos.nProponer los nomencladores de clasificación de recursos y erogaciones.nControl de los pagos de tasas, derechos, contribuciones y demás gravámenes municipales.nLlevar el registro y legajos de los contribuyentes.nFiscalización de presentaciones que a los efectos impositivos efectúen los contribuyentes.nExpedición de guías y control de marcas y señales.nProposición de planes sobre recaudación impositiva.nRegistro contable del movimiento económico y financiero del Municipio.nRegistro patrimonial.nEjecución de las compras y suministros.nCumplimiento de las obligaciones que la Ley Orgánica de las Municipalidades determina por parte de los funcionarios del área de su competencia. nProponer las transferencias de créditos dentro del Presupuesto General de Gastos.nCustodia de los fondos municipales.nPercepción de la recaudación impositiva.nEl pago de todas las obligaciones comunales, de acuerdo a las normas establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades.nCumplimentar las disposiciones que con respecto a fianzas establece la Ley Orgánica de las Municipalidades.nIntervenir en lo relacionado con la integración del Municipio a la Red Provincial de Comunicaciones y en la prestación de servicios afines.nSubcentro de Comunicaciones Campana de la Red Provincial de Comunicaciones y el Conmutador Telefónico General.nIntervenir en lo inherente a soportes informáticos programación y procesamiento de datos centralizados.nProyectar Ordenanzas, Decretos y Resoluciones y diligenciar las actuaciones administrativas relacionadas con su misión.nToda otra función que haga al cometido de su misión específica.nnnSECRETARIA DE CULTURA Y EDUCACIONndepende del Intendente MunicipalnMisión:nttPlanificar, organizar e impulsar programas que favorezcan el desarrollo cultural y educativo de los habitantes del Partido y que refuercen nuestra nnnn5679nnnidentidad local y provincial dentro de un contexto nacional. Generar una política cultural concebida como parte de un plan de acción municipal que tienda a desarrollar la vida asociativa fortaleciendo procesos de participación activa y responsable. Generar acciones tendientes a capacitar a distintos sectores de la población. Propiciar la celebración de convenios con entidades gubernamentales y no gubernamentales apuntando al desarrollo de las políticas de la Secretaría. nnFunciones:nnRevitalizar los ámbitos de convivencia solidaria buscando los caminos de la vida en común.nDesarrollar la vida asociativa y fortalecer el tejido social.nDesarrollar una política de difusión, haciendo conocer y sensibilizando en el seno de la comunidad acerca de lo valioso de nuestro patrimonio cultural.nApoyar la existencia y desarrollo de instituciones culturales básicas como bibliotecas, bandas de música, etc. nPotenciar las actividades que se desarrollan en la actualidad y crear nuevas instancias como ser archivo de la imagen y de la palabra a fin de difundir los quehaceres de la comunidad. nEstablecer un diseño bibliotecario teniendo como meta la explotación de posibles nautopistas de informática anexándose al servicio de redes.nAlentar la formación de agentes culturales locales.nDar impulso al proceso de formación de formadores, tendiendo a generar centros con capacidad propia de gestión en un tiempo prudencial.nAdministración de entes municipales de cultura: museos, bibliotecas, escuelas municipales de arte, cuerpos de baile, coros, teatro, banda de música municipal, museos, ferias artesanales, etc..nOrganización y desarrollo de planes de difusión cultural, fomentando el intercambio con distintas reparticiones nacionales, provinciales y municipales.nPromover la educación en sus distintos niveles dentro del ámbito del Partido.nEfectuar el censo y registro de instituciones y personas dedicadas a actividades culturales dentro del Partido.nDesarrollar intercambio cultural con instituciones análogas, universidades, instituciones de enseñanza, entidades gremiales y de bien público, nacionales y extranjeras.nOrganizar o auspiciar espectáculos culturales o artísticos, ciclos de extensión cultural, certámenes, exposiciones, seminarios, cursos, cursillos, conciertos, conferencias de nivel superior, representaciones teatrales y audiovisuales, sea a título gratuito u oneroso.nOrganizar o auspiciar espacios o boletines informativos de actos culturales por medio de periódicos, radio y televisión. nEjercer la supervisión de las publicaciones que con fines educativos y culturales edite la Municipalidad.nAuspiciar la creación o ampliación de bibliotecas donde sea imprescindibles.nAconsejar el otorgamiento de becas, premios de estímulo, préstamos de honor, nn5679npremios y subsidios a los estudiantes para perfeccionamiento técnico, artístico, científico o cultural.nProponer la denominación de parques, plazas y calles y su consecuente aclaración y rectificación.nEvaluar toda expresión pública, cultural o artística, en salvaguarda de la moral y las buenas costumbres.nProponer los jurados que, en nombre de la Municipalidad, deban intervenir en los certámenes en que ésta sea parte, pudiendo participar con voz en sus deliberaciones.nOrganizar, preservar y difundir los bienes que integran el acervo museológico, archivístico y bibliográfico del Municipio.nOrganizar en forma sistematizada toda la actividad de su área específica.nToda otra función que haga al cometido de su misión específica.ntnnSECRETARIA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOSndepende del Intendente MunicipalnnMisión:ntLlevar a cabo una acción movilizadora de proyectos urbano-ambientales, actuando en forma coordinada con las otras áreas de gobierno y con las instituciones representativas de la comunidad. Programación y ejecución de la obra pública municipal, el planeamiento físico y el diseño urbano. Ordenamiento territorial y uso del suelo con la aplicación de las normas legales vigentes en la materia. Fiscalización, promoción y control de los proyectos y obras privadas. Administración y prestación de los servicios municipales. Organizar, coordinar, controlar e inspeccionar todas las acciones dirigidas a lograr el fomento, protección, prevención y recuperación del medio ambiente. nnFunciones:ntPor intermedio de las dependencias que la integran, tendrá a su cargo:nnProponer los planes de ordenamiento territorial y uso del suelo, con arreglo a lo que las normas dispongan en la materia, a fin de asegurar que dicho proceso se lleve a cabo salvaguardando los intereses generales de la comunidad.nProgramación, proyecto, dirección, seguimiento y ejecución de las obras municipales.nEjecución de las modalidades previstas en la Ley Orgánica de las Municipalidades de las obras públicas referidas a: instalación de servicios municipales; pavimentación, veredas y cercos; ornato, salubridad y urbanización; construcción de los edificios para los establecimientos o instituciones municipales; obras viales, su control e inspección. Proposición de las expropiaciones que por razones de necesidad pública deban encararse. nProponer las normas reglamentarias relativas a construcciones, arquitectura y urbanismo de obras particulares; y vigilancia del cumplimiento de dichas normas.nEntender en todas las cuestiones vinculadas con la forestación, fumigación y nnn5679nndesinfección, en plazas y paseos públicos.nAprobación de planos y expedición de certificados referidos a obras particulares.nRegistro de profesionales en la materia.nProponer las normas reglamentarias sobre instalaciones eléctricas y funcionamiento de motores; y vigilancia del cumplimiento de dichas normas.nVerificar los planos electromecánicos que presenten quienes desarrollen actividades industriales, etc.nFijación de las líneas municipales y numeración domiciliaria.nLlevar el catastro parcelario del Partido.nIntervenir en las mensuras y subdivisiones.nPromoción y administración de los servicios municipales referidos a: alumbrado; limpieza; caminos rurales.nContralor de la prestación de los servicios de aguas corrientes y desagües cloacales.nAdministración de cementerios municipales.nMantenimiento de automotores, maquinarias y equipos municipales.nProponer, proyectar y realizar los estudios necesarios para ejecución de concesiones y/o privatizaciones correspondientes al área.nConfección de pliegos, memorias descriptivas y toda otra documentación que se le solicite inherente a concursos de precios y licitaciones.nAplicar y controlar el cumplimiento de los Códigos de Planeamiento Urbano y de Edificación del Partido de Campana. nEntender en la detección, medición y evaluación de la existencia, magnitud y grado de incidencia de las condiciones desfavorables prevalentes en el ambiente, y el accionar del hombre, a fin de propender al desarrollo sustentable, previniendo riesgos resultantes y proponer y/o poner en práctica los medios de control más apropiados.nControlar e inspeccionar el cumplimiento de las normas de protección del medio ambiente, como así también de seguridad e higiene.nEvaluar y dictaminar sobre la documentación inherente a certificados de aptitud ambiental.nInspeccionar y controlar la recolección de residuos, tratamiento y disposición final de los mismos de acuerdo a los pliegos licitatorios y contratos vigentes.nPropiciar la realización de los programas y proyectos planteados en la Agencia de Desarrollo Campana. nPromover proyectos de ejecución de planes de viviendas de interés social.nConfección de Proyectos de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones.nToda otra función que haga al cometido de su misión específica.nnSECRETARIA DE SALUDndepende del Intendente MunicipalnnMisión:ntOrganizar, coordinar y controlar todas las acciones dirigidas a lograr el fomento, protección, prevención, recuperación y rehabilitación de la saludnnn5679nnnindividual y colectiva, a través de la implementación de programas de medicina preventiva, asistencia médica y atención materno infantil. Efectuar un estricto control bromatológico y veterinario con arreglo a las disposiciones que rigen en la materia, especialmente en lo que concierne a productos alimentarios destinados al consumo de la población.ntnFunciones:nntPor intermedio de las dependencias que la integren, tendrá a su cargo:nnFormulación de planes municipales y coordinación con las autoridades nacionales, provinciales y particulares, para la realización de campañas de divulgación sobre medicina preventiva.nAdministrar los centros y/o instituciones municipales de medicina preventiva.nAdministración de los organismos municipales para recuperación de la salud, como: hospitales, maternidades, salas de primeros auxilios, institutos de rehabilitación, etc..nInspeccionar y controlar el servicio de ambulancia municipal, por sí o por terceros.nMedicina asistencial en los hogares de ancianos municipales y todo lo concerniente a la mejor prestación de los servicios que se brindan en los mismos. nObservar el estricto cumplimiento de las disposiciones que en el ámbito municipal reglamenten la Carrera Profesional Hospitalaria, en todo lo que sea de su competencia.nCoordinar el plan de lucha antirrábica, supervisando y fiscalizando el cumplimiento de las normas legales vigentes en la materia. Proponer normas reglamentarias en materia de seguridad e higiene, bromatología, química y veterinaria.nCentralizar todo lo relativo al control sanitario de los productos de origen animal destinados al consumo de la población, como así también todo lo referido a la prevención y eliminación de las zoonosis más significativas.nCentralizar todo lo relativo al examen y control de los productos destinados a la alimentación humana y consumo en general, haciendo cumplir las Ordenanzas y disposiciones legales vigentes.nAsistir a los responsables de los servicios de la Unidad Hospitalaria “San José” con referencia a medicina aplicada al trabajo y legislación que regula la materia.nAsistir a la dependencia de Personal en lo atinente al campo de medicina laboral en el ámbito municipal.nToda otra función que haga al cometido de su misión específica. SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANOndepende del Intendente MunicipalnMisión:ntPromover el desarrollo humano a través de la ampliación de oportunidades de mejoras en la calidad de vida de las personas, atendiendo los desequilibrios entre éstas y/o la comunidad con el medio e incidiendo en la remoción n5679nde barreras que impiden la plena utilización de sus capacidades. Apoyar todo lo inherente al área de promoción de la juventud. Brindar a la población la posibilidad de lograr un desarrollo armónico de la personalidad mediante el fomento y organización de actividades físico-deportivas, recreativas y de esparcimiento, a través del aporte de métodos y técnicas específicas.nIntervenir en la solución de problemas que afecten a la minoridad, la adolescencia, la familia y la tercera edad, particularmente en los casos de discapacitados. Planificar, organizar y coordinar todo lo relacionado con la actividad del desarrollo social y humano. nnFunciones:ntPor intermedio de las dependencias que la integren, tendrá a su ncargo:nnOrganizar y administrar los servicios sociales.nAdministrar las instituciones municipales de: Comedores infantiles; Asilos; Hogares de Tránsito; Guarderías Infantiles.nCoordinar con los organismos nacionales y provinciales la aplicación de los planes de abastecimiento y programas especiales.nPromover el desarrollo integral de todas las manifestaciones de la educación física. nProponer, luego de practicados los estudios pertinentes, a los postulantes que puedan acceder al beneficio de becas, becas deportivas o pensiones sociales.nEfectuar tramitaciones previsionales ante los organismos nacionales y provinciales en interés de los habitantes del Partido.nFacilitar la prestación del servicio fúnebre a personas indigentes.nCobertura de plazas en el Hogar de Ancianos Municipal.nFomentar actividades en el ámbito deportivo y recreativo.nRevalorizar el rol de las instituciones intermedias.nImpulsar programas para que la comunidad se asocie mejor.nGenerar programas de contención.nPlanificar y estimular el desarrollo social.nApoyar a los individuos más desprotegidos y carentes de recursos dentro de la comunidad, sea desde el punto de vista social, económico y/o cultural.nAtender lo relacionado a las áreas de asistencia directa a la comunidad y de atención a la tercera edad y administración de Programas de Empleo.nCoordinar las funciones orientadas al asesoramiento, orientación y acompañamiento de la familia en el cumplimiento de su misión socializadora.nVelar por el desarrollo integral del niño, en su infancia y adolescencia, en todos sus aspectos. nConfeccionar Proyectos de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones.nToda otra función que haga al cometido de su misión específica. ARTICULO 2º.-tEl Departamento Ejecutivo determinará las estructuras orgánico nfuncionales de cada una de las Secretarías que se individualizan en el artículo 1º, incluida la de la Unidad Hospitalaria San José bajo el régimen de Carrera Profesional Hospitalaria establecido en la Ordenanza Nº 2985/94 texto vigente, a los efectos de permitir el adecuado funcionamiento de las mismas y el cumplimiento de sus misiones y funciones, quedando autorizado a introducir en ellas, en el futuro, las modificaciones que se estimen oportunas, a los fines de la mejor prestación de los servicios.-nARTICULO 3º.-tEl Intendente Municipal será asistido por un Secretario Privado y tpreverá en las estructuras orgánico funcionales que establezca, la creación, inclusión, modificación y/o supresión, de aquellos organismos de nivel inferior al de Secretaría que por la índole de sus misiones y funciones deban depender directa o indirectamente de la misma.-nARTICULO 4º.-tA los fines de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º, deberán tenerse en cuenta los cargos previstos en el Presupuesto General de Gastos para cada ejercicio. ARTICULO 5º.-tLa presente Ordenanza será publicada oficialmente en la Edición Especial del Boletín Municipal que al efecto se emitirá.-n nARTICULO 6º.-tDerógase en todas sus partes la Ordenanza Nº 5526/09 y toda otra norma que tácita o implícitamente se oponga a la presente.-n nARTICULO 7º.-tLas disposiciones de esta Ordenanza regirán a partir del 1º de enero de 2011, fecha a partir de la cual el Departamento Ejecutivo pondrá en vigencia los nuevos organigramas, acordes con la presente. ARTICULO 8º.- tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n