DIGESTO

Expediente N°5683

ARTÍCULO 1º.-tConvalídase el Convenio de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Subsecretario de Gabinete Dr. Juan Pablo ÁLVAREZ ECHAGÜE y la Municipalidad de Campana, representada por la Señora Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI, en el que se establece que el citado Ministerio a través de la Delegación dependiente del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, que funciona dentro de las instalaciones del Hospital Municipal San José de Campana, conforme a las disposiciones de la Ordenanza N° 2825/1992 amplia su horario de atención al público de lunes a sábado, en el horario de 8.00 a 13.00 horas; que diariamente el personal del señalado Hospital remitirá a la citada Delegación la pertinente constatación de parto, quien la utilizará exclusivamente para la inscripción de nacimiento y que el Hospital se compromete a no otorgar el alta administrativa a ninguna mujer que haya tenido una hijo/a fuera de los días y horarios de atención de la Delegación, verificando en todos los casos la previa inscripción del recién nacido y el otorgamiento del Documento Nacional de Identidad cero años.-n nARTÍCULO 2º.-tAutorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar los convenios de igual tenor, que surjan en lo sucesivo, con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones que surgen del citado Convenio de Colaboración. ARTICULO 3º.- tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n