Ordenanza: 5988
Año: 2012
Fecha de Sanción: 13-12-2012
Fecha de Promulgación: 27-12-2012
Prorrógase, hasta el 31 de mayo de 2013, el plazo previsto en el artículo 35° de la Ordenanza N° 5595/2010, texto según modificación introducida por Ordenanza N° 5925/2012.-
ARTICULO 1°.- Prorrógase, hasta el 31 de mayo de 2013, el plazo previsto en el artículo 35° de la Ordenanza N° 5595/2010, texto según modificación introducida por Ordenanza N° 5925/2012.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-