DIGESTO

Expediente N°6158

Ordenanza: 6158
Año: 2014
Fecha de Sanción: 24-04-2013
Fecha de Promulgación: 29-04-2014

Condonación de deuda UOM

ARTICULO 1º.- Condónase en los años 2009, 2010, 2011 y 2012 a la “UNION OBRERA METALURGICA” de la República Argentina – SECCIONAL CAMPANA, del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 8D, Contribuyente 110913-0, con domicilio en calle Dr. Luis De Dominicis N° 783, de esta Ciudad.-

ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos enunciados. ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-