Ordenanza: 6180
Año: 2014
Fecha de Sanción: 22-05-2014
Fecha de Promulgación: 29-05-2014
Condonación de Deuda al ESTADO NACIONAL ARGENTINO PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda en concepto de Derechos de Construcción al ESTADO NACIONAL ARGENTINO – PODER JUDICIAL DE LA NACION, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 28, Parcela 4, Contribuyente N° 135913-0, según constancias obrante en el expediente N° 4016-1.127/2013 y el expediente de obra Nº 4016-3298/2013.-
ARTICULO 2º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012, al ESTADO NACIONAL ARGENTINO – PODER JUDICIAL DE LA NACION, en concepto de la Tasa de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 28, Parcela 4, Contribuyente N° 135913-0, según constancias agregadas al expediente N° 4016-1.127/2013.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo anterior.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-